¿Qué es la opción de compra de un bien inmueble?
Es un acuerdo por el cual una parte concede a otra el derecho, no la obligación, para decidir, en un plazo o tiempo determinado, si otorga un contrato de compraventa de un bien inmueble según haya sido acordado entre las partes.
Requisitos:
Para que sea válido el acuerdo, debe incluir lo siguiente:
- Documento por escrito el cual incluya pactos y estipulaciones que tengan por conveniente
- Dirección postal, a efectos de las notificaciones;
- el plazo de duración del derecho de opción de compra y, si procede, el plazo para su ejercicio;
- la voluntad de configurar el derecho;
- el precio pactado para la compra del inmueble o los criterios para su fijación;
- el precio pactado para la constitución de la opción de compraventa, eso es, el depósito solicitado por la parte vendedora para la firma del contrato de opción.
¿Podría continuar mercadeando mi propiedad inmueble si ya firmé un contrato de opción de compra?
No. La firma de un acuerdo de opción de compraventa significa que el titular de la propiedad debe cuidar la propiedad y mantenerla fuera del mercado para que ningún tercero pueda adquirirla, durante el plazo prefijado.
¿Cual es la diferencia entre contrato de opción de compraventa y un contrato de compraventa?
Mediante la constitución de un contrato de opción de compraventa, una parte otorga a otra el derecho a decidir comprar un bien inmueble, mientras que mediante el contrato de compraventa una parte vende a otra un bien. Es decir, la opción de compraventa le da el derecho a una parte a decidir si comprará o no la propiedad dentro de determinado plazo; la compra se efectúa en un futuro mediante el contrato de compraventa.
¿Puedo obligar a la persona a quien se le otorga el derecho de opción de compra a que compre el bien inmueble?
No. Mediante el contrato de opción de compraventa se le otorga el derecho a decidir en un término determinado si compra o no la propiedad inmueble objeto del contrato. Una vez vencido dicho término, la persona puede optar por no comprar el bien objeto del contrato, y el dueño del buen inmueble no puede obligarlo a comprar.
¿Puedo obligar al dueño del bien inmueble dentro del plazo determinado a venderme el bien?
Si. El contrato de opción de compraventa es considerado un contrato unilateral por el cual el dueño del bien inmueble se obliga a venderle a otra un bien inmueble, según acordado, en un término determinado. Una vez cumplido el plazo pactado, entonces el dueño del bien puede optar por no vender la propiedad o venderla a otro comprador.
Ejemplo: María otorga un contrato de opción de compraventa a Juan para que este, en un término de tres meses, otorgue el correspondiente contrato de compraventa de una casa ubicada en San Juan. Durante ese término de tres meses, María no podrá mercadear o vender la propiedad a otra persona. No obstante, vencido el término, María podrá vender la propiedad a un tercero.
¿Por cuanto tiempo puede hacerse un contrato de opción de compra para bienes inmuebles?
El derecho de opción de bienes inmuebles puede constituirse por un tiempo máximo de cinco años. No obstante, las partes pueden acordar realizar sucesivas prórrogas de este término, pero cada una de ellas no puede exceder de cinco años.
Sin embargo, cuando el derecho de opción se constituye como un pacto o una estipulación integrada en otro negocio jurídico, como por ejemplo un contrato de alquiler con opción de compra, su duración puede ser la misma de este negocio jurídico, con las correspondientes prórrogas.
¿Debe el contrato de opción hacerse mediante escritura ante notario?
No es necesario que el contrato de opción de compra se realice a través de una escritura pública. No obstante, será necesario cuando se quiera inscribir dicho derecho en el registro de la propiedad.
¿Requisitos para que el contrato de opción de compraventa pueda inscribirse en el registro de la propiedad?
Los contratos de opción de compra se podrán inscribir cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- Constar en escritura pública.
- Indicar el precio estipulado para la adquisición del bien inmueble.
- Indicar el precio, si alguno, que se convino para conceder la opción.
- Indicar el plazo para el ejercicio de la opción.
La inscripción de la opción caducará transcurrido el plazo para ejercerla, o cinco (5) años después de la fecha en que fue inscrita. Luego de vencida, podrá inscribirse otra vez si no ha vencido el término contractual para el ejercicio de la opción.
Sin embargo, la opción de compra contenida en un contrato de arrendamiento es inscribible, única y exclusivamente por la duración del arrendamiento, sin incluir la prórroga.
¿Cuáles son las ventajas de inscribir el derecho en el registro de la propiedad?
La opción inscrita tendrá la condición de gravamen y obligará a los subsiguientes adquirentes del bien inmueble de acuerdo con sus términos. Esto lo que significa es que, si el dueño de la propiedad vende a un tercero, dentro del término acordado en el contrato de opción de compra la propiedad objeto del contrato, la persona que adquiera la propiedad estaría obligada a venderle el bien inmueble al titular del derecho de opción.
Ejemplo: María realiza un contrato de opción de compraventa por un término de 1 año para venderle su casa a Juan. Juan inscribe su derecho en el registro de la propiedad. Posteriormente, dentro del año del contrato de opción, María le vende la casa a Pedro. En este caso, Juan podrá obligar a Pedro a venderle la propiedad bajo las mismos cláusulas del contrato, si ejerce su derecho antes de vencido el término.
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